
El Servicio de Impuestos Internos cuenta con una serie de mecanismos que buscan reducir los impuestos en caso de cumplir ciertas condiciones y requisitos tras realizar la Operación Renta 2025.
Ya comenzó la declaración de renta 2025, un proceso que permite a los contribuyentes, empresas y personas declarar sus ingresos anuales con la finalidad de cumplir con sus obligaciones tributarias.
Para cumplir con la Operación Renta 2025 de forma adecuada es recomendable la organización y tener conocimiento acerca de los ingresos y gastos.
Con el fin aliviar la carga a los contribuyentes, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dispuso de una serie beneficios tributarios con el fin de rebajar los impuestos. Te contamos cuáles son a continuación.
Se trata de un beneficio que establece que por cada hija o hijo estudiando, las y los progenitores pueden acceder a una rebaja de los impuestos a pagar de hasta $169.032 (4,4 UF) en la Declaración de Renta (el monto se divide entre ambos), siempre que cumpla con los requisitos.
Permite que las personas que han solicitado un crédito o mutuo con garantía hipotecaria para la compra de una vivienda nueva con destino habitacional accedan a una rebaja de los impuestos a pagar o una devolución si corresponde, por el monto pagado como dividendos, con tope de $1.076.704.
Permite rebajar de la Renta Bruta Imponible Anual los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, destinados a adquirir o construir una o más viviendas (nuevas o usadas), o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados. El beneficio tiene un tope de $6.460.224 (8 UTA) y el monto de la rebaja dependerá de tu Renta Bruta Anual.
Si vendes uno o más bienes raíces, y la ganancia que obtienes es menor a 8 mil UF, puedes acceder a un beneficio que te permite no pagar impuestos hasta ese monto. Es decir, la utilidad obtenida (diferencia entre el valor de venta y el valor de compra), irá sumándose y gozará del carácter de ingreso no renta hasta completar el límite de 8.000 UF.
Si percibiste ingresos a partir de un contrato de arriendo de propiedades no agrícolas y agrícolas, podrás descontar de tus contribuciones que hayas pagado dentro del año y cuyas rentas se encuentren registradas en el Cod. 1849 de la letra a) de la línea 5 del F22.
Si trabajas en forma dependiente y tienes sueldo mensual variable, o no percibiste ingresos en uno o más meses del año, podrías obtener la devolución de los impuestos pagados en exceso en los meses en que tu ingreso fue mayor, o bien, en los meses en que tuviste ingresos y, por lo tanto, la tasa del impuesto que se aplicó fue mayor a la tasa que hubieras obtenido considerando la suma anual del total de tus rentas.
Si percibiste rentas anuales mayores a $250.333.680 (310 UTA) y realizaste retiros u obtuviste dividendos por tu participación en sociedades, puedes aplicar un crédito del 5% por dichos retiros o dividendos, sobre la parte que exceda las 310 UTA.